Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el nuevo Número de Registro de Alquiler en España (NRA)
A partir del 1 de julio de 2025, el Real Decreto 1312/2024 introduce nuevas regulaciones para el sector de alquileres vacacionales en España, siguiendo las directrices de la Unión Europea. El objetivo es mejorar la trazabilidad y transparencia a través de la Ventanilla Única Digital de Alquileres, un sistema en el que cada propiedad debe obtener un Número de Registro de Alquiler (NRA). A continuación respondemos las preguntas más frecuentes sobre este importante cambio normativo y cómo cumplir con los nuevos requisitos.
¿No tienes propiedades en España?
Si no posees propiedades en España, esta información sobre el NRA no aplica a tu caso. El Número de Registro de Alquiler (NRA) es un requisito exclusivo para propiedades de alquiler de corta duración ubicadas en territorio español. Si tus propiedades están en otros países, consulta la regulación específica de cada jurisdicción.
Preguntas Frecuentes sobre el NRA
1. ¿Qué es la Ventanilla Única Digital de Alquileres y el Número de Registro de Alquiler (NRA)?
La Ventanilla Única Digital de Alquileres es una plataforma centralizada, gestionada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, que permite que los alquileres de corta duración en España se registren y controlen de forma unificada.
El NRA es el identificador obligatorio que cada alojamiento debe obtener para ser ofrecido legalmente en plataformas de alquiler vacacional.
El NRA no es lo mismo que tu licencia turística: es un número diferente que complementa la licencia turística de tu propiedad.
El NRA puede tener hasta 53 caracteres alfanuméricos y se parece a esto: ESFCTU00004501300010949200000000000VUT-4501-232-00018
Puedes encontrarlo en el enlace PDF que recibiste por correo electrónico después de enviar tu solicitud:
2. ¿Qué sucede si mi licencia turística o mi NRA caduca, se revoca o se cancela?
Para operar legalmente, una propiedad necesita tanto un número de licencia como un NRA. Como resultado, si alguno de los dos se cancela o se vuelve inválido, debe renovarse; de lo contrario, la propiedad ya no podrá publicarse en línea.
¿Cómo puedo verificar la validez de mi NRA?
Para verificar el estado actual y la validez de tu NRA, puedes hacerlo accediendo a este enlace.
3. ¿Cuánto cuesta un NRA?
El costo para solicitar el NRA en línea a través del portal de Registradores es de 27 € por solicitud (antes de impuestos o retenciones aplicables).
Puedes elegir entre dos métodos de pago durante la solicitud en línea:
- Tarjeta de crédito o débito ("Pago Telemático"): la opción más simple para la mayoría de anfitriones. Puedes pagar directamente en el sitio web usando Visa o Mastercard.
- Monedero digital ("Monedero Registral"): comúnmente utilizado por profesionales que interactúan regularmente con registros de propiedad. Este método de pago requiere que recargues tu cartera digital con un mínimo de 150 €.
4. ¿Es la cuota de 27 € un pago único o debo pagarla anualmente?
La cuota de 27 € es un cargo anual y debe pagarse cada año al renovar el NRA.
5. Para renovar mi NRA, ¿debo enviar una nueva solicitud cada año o solo pagar la cuota de 27 €?
La renovación requiere tanto el pago de la cuota de 27 € como una solicitud de renovación simplificada. El proceso de renovación generalmente implica confirmar o actualizar la información existente, pero no es tan extenso como un registro inicial.
6. ¿Quién se ve afectado por esta regulación?
- Anfitriones (personas físicas o empresas) que ofrecen alojamientos de corta duración en España a cambio de remuneración.
- Plataformas digitales de alquiler que operan en España, independientemente de dónde se encuentre su sede.
7. ¿Qué tipos de propiedades se ven afectados por esta regulación?
La regulación se aplica a todas las propiedades ofrecidas para alquiler de corta duración con fines de lucro, independientemente de si se encuentran en áreas urbanas o rurales.
Esto incluye, entre otros:
- Alquileres vacacionales urbanos (Viviendas de Uso Turístico, o VUT)
- Alojamientos rurales como casas rurales
- Habitaciones individuales ofrecidas dentro de un hogar
- Barcos u otros alojamientos no tradicionales, si se alquilan con fines turísticos
Si tu propiedad se alquila a turistas a corto plazo (ya sea una unidad independiente, una habitación compartida o una propiedad rural) y tienes una licencia de turismo válida, la regulación generalmente se aplica y necesitarás obtener el Número de Registro de Alquiler (NRA).
8. ¿Qué tipos de propiedades están excluidos de esta regulación?
Las siguientes están excluidas de esta regulación y no requieren un NRA:
- Propiedades oficialmente registradas bajo categorías de turismo como:
- Hoteles, aparthoteles, moteles
- Casas de huéspedes, albergues o similares
- Campings, áreas para caravanas u hoteles rurales regulados
Estas generalmente caen bajo categorías NACE Rev. 2 55.1, 55.2 o 55.3 y están sujetas a un marco regulatorio diferente.
Exenciones: Si una propiedad está exenta de tener un NRA, el campo correspondiente del NRA será oculto. Si el sistema detecta que la propiedad no está exenta de tener un NRA, el campo del NRA se marcará en rojo con la etiqueta "Campo requerido". Para añadir el NRA solo tienes que hacer clic en el enlace proporcionado.
9. ¿Cómo puedo verificar si mi propiedad está sujeta a esta regulación?
- Revisa la clasificación en tu licencia turística emitida por tu autoridad regional de turismo.
- Si figura como hotel, albergue, campamento u otro establecimiento turístico oficial (no una "vivienda de uso turístico"), probablemente estés exento.
- También puedes verificar esto:
- Consultando tu listado en el registro de turismo de tu región, o
- Contactando con tu oficina de turismo local o regional para confirmación.
10. ¿Necesito un NRA si solo alquilo mi propiedad algunos meses al año?
Sí. El uso de la propiedad (no la frecuencia) determina si se requiere un NRA. Si la estás alquilando para obtener ganancias, incluso por solo un par de semanas o meses al año, debes registrarte y obtener un NRA.
11. ¿Necesito dos NRAs si ofrezco estancias tanto cortas como largas?
No. Si el alquiler se ofrece como alojamiento de corta duración por pago, solo necesitas un NRA por unidad, independientemente de la duración de la estancia.
12. ¿Cuándo entra en vigor la ley y cuál es el plazo?
La regulación entró en vigor el 2 de enero de 2025.
Hay un período de gracia hasta el 1 de julio de 2025.
- Antes de esa fecha, todos los anfitriones deben haber obtenido un NRA y comunicarlo a las plataformas.
13. ¿Cuáles son las principales obligaciones para los anfitriones?
- Obtener un Número de Registro de Alquiler (NRA) para cada unidad que ofrezcas.
- Mantener tu información actualizada: si cambias la capacidad, propiedad u otras características, debes reportarlo.
- Responder a las autoridades respecto a inspecciones o solicitudes de información.
- Incluir el NRA en todas las plataformas donde figure tu propiedad. De lo contrario, la plataforma no podrá mantener tu listado activo.
14. ¿Cómo obtengo un Número de Registro de Alquiler (NRA)?
Puedes encontrar el proceso en detalle en este vídeo (en español) o este PDF (también en español).
Consulta este artículo para obtener las instrucciones completas.
15. ¿Se puede enviar la solicitud de NRA en persona, o debe hacerse en línea?
La solicitud puede presentarse electrónicamente a través de Sede Registradores o en persona en el Registro de la Propiedad o la oficina correspondiente de Bienes Muebles.
16. ¿Dónde puedo encontrar mi Código Registral Único (CRU)?
El CRU es un código numérico de 18 dígitos que puedes encontrar en:
- La Nota Simple del Registro de la Propiedad. Si no la tienes, puedes solicitarla en línea a través del Colegio de Registradores: https://sede.registradores.org
- Tu escritura de propiedad
- Tu factura o recibo del impuesto sobre la propiedad (Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI)
En algunos casos, tu CRU puede aparecer como "Identificador Único Registral" (IUR) o "Identificador Único de Finca Registral" (IDUFIR).
Tu CRU no es lo mismo que una referencia catastral o número de licencia: es un número diferente y separado.
El CRU (Código Registral Único) es un identificador de propiedad emitido por el Registro de la Propiedad español y generalmente es requerido durante el proceso de solicitud para obtener el NRA (Número de Registro de Alquiler).
El NRA es el número de registro de alquiler oficial asignado a través del sistema nacional. Este es el número que debe proporcionarse a plataformas de alquiler como Holidu.
En la plataforma Holidu, solo es necesario introducir el NRA para cada unidad de propiedad.
17. ¿Puedo solicitar un NRA si mi propiedad solo tiene un número de licencia temporal?
Sí. Siempre que tu licencia esté activa en el Consell, será aceptada durante el proceso de solicitud. Una licencia temporal sigue siendo válida, incluso si está bajo revisión.
18. Tengo varias unidades bajo el mismo número de licencia. ¿Puedo solicitar múltiples NRAs con la licencia compartida?
Sí. Siempre que las unidades operen legalmente bajo la misma licencia, puedes solicitar un NRA individual para cada una usando el número de licencia compartido.
19. ¿Puedo solicitar un NRA en nombre de otra persona (por ejemplo, si soy gestor de propiedades o agencia)?
Sí. Pero debes:
- Adjuntar un documento que pruebe la autorización legal (por ejemplo, un poder notarizado o una autor
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